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  • hace 3 semanas
Tribunal asegura que los casi seis años en la justicia del caso Jean Alain Rodríguez ha sido para tutelar derechos de las partes

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Transcripción
00:00De parientes cercanos de parte de los procesados, el tribunal ha tenido que tutelar, los tribunales han tutelado el derecho
00:10a la salud, porque algunos procesados y sus abogados, a raíz del proceso, resultaron afectados de salud.
00:19Y no podía un tribunal ante una licencia médica o ante un abogado que por la magnitud de la jornada
00:30laboral terminó afectado de salud.
00:33El tribunal tiene que garantizar también eso, pero además se aplazaron las audiencias por lo avanzado de la hora, porque
00:47se habían agotado alta jornada de trabajo y daba lugar a un descanso para poder continuar este proceso.
00:58En la fase de la audiencia preliminar, este proceso agotó dos años.
01:06Y el tribunal se pregunta, ¿este tiempo que transcurrió, actuó con negligencia el sistema de justicia de las autoridades?
01:15Además, el tribunal dice que no, porque del comportamiento de las partes, de la intensa actividad procesal que se vivió
01:28en ese momento,
01:29el tribunal ha entendido que esos aplazamientos, ese tiempo transcurrido, fue un tiempo necesario para poder tutelar los derechos de
01:42las partes y especialmente el derecho de defensa.
01:46Y de igual manera permitir que el órgano acusador pudiera concluir la fase de lectura de la acusación.
01:56Ahí se invirtió un tiempo necesario a los fines de agotar con esa fase.
02:04Sale el proceso después de dos años aproximadamente del tercer buscado de la instrucción y es apoderado un tribunal de
02:17fondo.
02:17Cuando el tribunal va al historial de este proceso, el tribunal se encuentra con varias situaciones.
02:27Ahí se aplazaron la audiencia por asuntos de defensa técnica, que a los fines de cumplir con un debido proceso
02:36de ley,
02:37garantizar un sagrado derecho de defensa, eran situaciones que debían pasar de manera necesaria y de forma razonable.
02:48Porque no es posible en un proceso conocerlo sin que un ciudadano imputado tenga salvaguardado de manera efectiva el derecho
02:59de defensa.
03:00Y eso dio lugar a que el tribunal procediera a solicitar una defensa técnica pública y que en una audiencia
03:09siguiente,
03:10por razones atendible, aún estaba disponible el abogado que asistiría a ese ciudadano imputado
03:19y el tribunal de igual manera tuvo que aplazar la audiencia a esos fines.
03:25Pero de igual manera, en el transcurso del apoderamiento de ese tribunal,
03:32falleció la madre de uno de los procesados y eso también dio lugar a un aplazamiento.
03:40Posteriormente surgieron otras situaciones que el tribunal ha tenido a bien observarlas
03:46y una de las partes procedieron a recusar en pleno al tribunal.
03:57Recusado el tribunal, previo a eso también surge el conflicto de una fecha de audiencia
04:06donde se fijó y las partes entendieron que fue un día, el tribunal entendía que otro.
04:13Eso dio lugar a situaciones porque el día que dicen las partes se fijó la audiencia,
04:19era un día festivo y el tribunal establecía que la audiencia se fijó para el día siguiente,
04:26que era un cinco de noviembre.
04:29Posterior a eso, ante las situaciones que provocó esta situación entre las partes,
04:36es que procede la recusación, llega el día fijado por el tribunal de la audiencia
04:44y el tribunal le anunció a las partes que dicha recusación estaba en trámite
04:50y no tenía una respuesta todavía.
04:54Y eso dio lugar a fijar una nueva fecha de audiencia,
04:59fecha en que el tribunal anunció a las partes que dicha recusación fue acogida por la corte de apelación.
05:08Esto dio lugar a que el proceso fuera nueva vez a presidencia.
05:16Presidencia entonces decide apoderar este tribunal.
05:22¿Qué ha pasado en este tribunal?
05:24¿Qué tiempo tiene este tribunal apoderado?
05:27Cuando el caso llegó a este tribunal, ya había pasado un tiempo considerable
05:34y este tribunal tiene apoderado de este caso un año, dos meses y días.
05:42¿Y aquí qué pasó?
05:44El tribunal preparó la logística para convocar a todas las partes del proceso.
05:51Llega el día de la primera audiencia y todo está listo por el tribunal
05:59y en el transcurso se estableció que uno de los procesados se había mudado
06:07de la dirección que tenía registrada el tribunal como la dirección de este imputado.
06:15Nos referimos al procesado Solano.
06:19Advertido a este tribunal, entonces aplaza la audiencia
06:23y procede a notificar este ciudadano a su domicilio
06:28que fue dado por el abogado que le asiste, los abogados que le asisten, porque son dos.
06:36Pasado eso, el tribunal de igual manera
06:40se da la situación de que un procesado
06:43que no había llegado aquí en este auto de apertura
06:49posteriormente llegó el procesado
06:53y el ministerio público
06:55estableciendo en síntesis por economía procesal
07:00pidió la fusión de los expedientes.
07:05El tribunal, entendiendo razonable la petición
07:11procedió entonces
07:13a fusionar el expediente.
07:17Esto dio lugar
07:18a aplazamiento de la audiencia
07:21porque los abogados
07:23de este imputado
07:25nos referimos a él, Martínez
07:29expresaron en este tribunal
07:31que tenía pendiente en la Suprema Corte de Justicia
07:35un recurso de casación
07:36y pidieron al tribunal
07:38que se le permitiera
07:40poder tener esta respuesta procesal
07:44y el tribunal en ese momento
07:46de igual manera
07:46entendió razonable
07:48darle esa oportunidad.
07:51En la audiencia siguiente
07:53pues igual no tuvimos la respuesta
07:55del tribunal
07:56de la Suprema Corte de Justicia
07:59y el tribunal dio la oportunidad
08:02y ya en la audiencia siguiente
08:04entonces
08:05se decide
08:06la Suprema Corte de Justicia
08:09y el tribunal
08:10se ve la necesidad
08:12de otorgarle un plazo
08:14a la parte
08:15para que pudiese
08:16entonces
08:18preparar su derecho de defensa.
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