00:00El estado de rebeldía que no se ha encontrado la imputada
00:02dispone como medida de coerción las premisas de los numerales 1, 2 y 4
00:08del artículo 230 del Código Procesal Penal
00:11y consistentes en 1, prestación de una garantía económica
00:15ascendente a la suma de 500 mil pesos en efectivo
00:182, impedimento de salida del país sin autorización judicial
00:22y 4, presentación periódica 2 días 30 de cada mes
00:25por ante el Ministerio Público encargado de la investigación
00:30dejando la lectura integral de esta decisión para el día 10 de septiembre
00:33como habíamos advertido en 21 previsto por el artículo 102
00:39levantado del estado de rebeldía
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