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Límites del SAT en colegiaturas: deduce de $14,200 a $24,500 según el nivel escolar. Roberto Iván Colín Mosqueda detalla los requisitos fiscales clave y los conceptos deducibles para aprovechar este beneficio en el ciclo escolar.
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00:00Gracias por continuar con nosotros. Oiga, para el regreso a clases, el SAT, pues también ya dividió qué gastos sí
00:07se pueden deducir y cuáles no son deducibles de impuestos.
00:10Esto tiene una variante. Según sea el nivel educativo y el porcentaje de deducciones anuales, según el total de ingresos,
00:17las colegiadoras, por ejemplo, el transporte escolar, pueden ser deducibles.
00:20Mientras que los uniformes, los útiles escolares, el pago de inscripción y rescripción, entran en donde no son deducibles.
00:26Entonces, vamos a desglosar ahorita la información y sobre todo explicarle en mayor medida cuáles son estos gastos educativos que
00:35sí pueden ser deducibles.
00:36Recordemos que estamos a unos días la próxima semana, en donde todavía algunos padres de familia estarán comprando la lista
00:42de útiles escolares.
00:43Estos son, por ejemplo, las colegiaturas. ¿Qué hay de ello? Las instituciones educativas privadas serán con autorización o reconocimiento de
00:50validez oficial de estudios, desde preescolar hasta bachillerato.
00:55Estos son los requisitos. Vamos a ver el siguiente para que usted pueda tenerlo en cuenta.
00:59El transporte escolar también es deducible. Únicamente cuando sea obligatorio, estén los términos aplicables y cuando para todos los alumnos
01:06esté incluido ya en la colegiatura.
01:08Además, como dato importante, debe estar separado en el comprobante. Muy importante este dato.
01:14Vamos a ver el siguiente, que también es un gasto de estos. Ya no son deducibles.
01:18El transporte escolar, por ejemplo.
01:21En inscripción y reinscripción, los útiles escolares, uniformes, las actividades recreativas y los cursos extracurriculares, las becas de apoyo, apoyos
01:31económicos y recargos.
01:32Estos datos no son deducibles para que lo tenga a consideración.
01:36Vamos a ver el siguiente. Son los montos y límites anuales.
01:40Eso es muy importante. Límites anuales de deducción de colegiaturas, por ejemplo, para un nivel de preescolar, 14.200 pesos.
01:47Para el nivel primaria, 12.900 pesos.
01:49Para la secundaria, 19.000 pesos.
01:52El siguiente nivel educativo que tenemos es un profesional técnico con 17.100 pesos.
01:57Y bachillerato equivalente, 24.500 pesos.
02:01Estos son los límites anuales por alumno.
02:04Y esto no significa, como dice el contribuyente, pues reciba esta cantidad como devolución.
02:09Estos son los gastos deducibles, no deducibles.
02:13Para ampliar ahorita los detalles, vamos a platicar con un experto.
02:16Los requisitos para poder deducir las colegiaturas.
02:19Ojo, para que tenga muy bien llenados estos datos, el pago a la institución con autorización o reconocimiento de valencia
02:26oficial debe contar con su CFDI correspondiente.
02:29También revisar que el comprobante contenga el nombre y también el club del alumno, su nivel educativo y también la
02:37clave de REBOE.
02:39También debe verificar que el RFC del contribuyente esté correcto y que el CFDI tenga el uso correspondiente de 10.
02:47Estos son los requisitos y los pagos por servicios educativos.
02:51Debe tener la clave del producto y servicio que corresponda al servicio educativo.
02:56También debe realizar el pago mediante, ojo, mediante transferencia electrónica, tarjeta de crédito, tarjeta de débito, tarjeta de servicios o
03:05cheque nominativo desde una cuenta a nombre del contribuyente.
03:09Estos son los datos generales para que los pueda tener a consideración los pagos servicios, cuáles son deducibles, cuáles no.
03:15Y para esto justamente vamos a entablar una conversación y le agradecemos por supuesto que nos tome la comunicación a
03:23Roberto Iván Colín Mosqueda, es vocero y coordinador de redes sociales de la Comisión Técnica Fiscal del Colegio de Contadores
03:29Públicos de México.
03:31Roberto, te agradecemos muchísimo.
03:32Buena tarde, qué gusto recibirte en este espacio.
03:35Ya dábamos cuenta ahorita de cuáles son los gastos deducibles, cuáles no.
03:38Pero detallar contigo acerca de los comprobantes y todos los requisitos para que los papás en estos próximos días puedan
03:45hacer sus deducciones de manera correcta.
03:47Qué gusto saludarte.
03:49Al contrario, gracias por la invitación.
03:51Buenas tardes a todos.
03:52Pues sí, como bien comentas, para este regreso a clases dos mil veintiséis, es muy importante aclarar que no todos
03:59los gastos escolares se van a considerar como deducibles para efectos fiscales,
04:04para efectos de determinar el pago de impuestos de los contribuyentes, los padres contribuyentes.
04:10Y que en realidad este beneficio, pues básicamente, ya lo mencionabas muy acertadamente, está concentrado principalmente en las colegiaturas de
04:19escuelas privadas
04:20y bajo ciertas condiciones, es decir, bajo el cumplimiento de ciertos requisitos y también el transporte escolar cuando se considera
04:29obligatorio.
04:30Aquí, como bien lo señalas, puede existir confusión, aunque los gastos escolares representan un gasto importante para las familias mexicanas,
04:41pues el SAT no considera que todos los gastos que se hagan van a ser deducibles.
04:45Podemos tener aquí gastos como uniformes escolares, la mochila, los libros, sino todos estos gastos se van a considerar deducibles,
04:55dado que la autoridad para efecto del cálculo de impuestos y que esto se convierte en una deducción anual o
05:04en una disminución del impuesto anual
05:07en las colegiaturas y el transporte escolar.
05:10Y el transporte escolar, cuando es obligatorio, son los que se consideran como deducibles.
05:17En este caso, iniciando con las colegiaturas, ya mencionabas los requisitos.
05:23Estas deben ser pagadas en instituciones educativas privadas que cuenten con un REBO,
05:28es decir, reconocimiento de validez oficial de estudios.
05:31Y esta deducción de colegiaturas tiene ciertos límites.
05:37Veíamos los límites que van desde preescolar hasta bachillerato,
05:41iniciando con 14.200 y en bachillerato se pueden tener 24.500.
05:47Aquí es importante señalar que para las colegiaturas de universidad y de posgrado
05:53no están comprendidas como pagos que vocen de este beneficio fiscal.
06:01Y también menciona que si durante el mismo ejercicio fiscal o el mismo año escolar,
06:07el mismo año de estudios, un estudiante pulsa dos niveles,
06:12pues solamente se va a considerar el límite mayor,
06:17es decir, del nivel escolar que dé mayor estímulo fiscal.
06:23No se van a considerar los dos, sino solamente uno.
06:26Y en el caso del transporte escolar, ya decíamos que tiene que ser obligatorio.
06:30Solamente cuando es obligatorio es que las disposiciones fiscales actuales y vigentes
06:36son las que permiten que se haga la deducción,
06:40la deducción de este transporte escolar,
06:43y que además se debe de cumplir con el CFDI.
06:47Es decir, en el CFDI que emite a la institución escolar con un transporte obligatorio,
06:52debe aparecer por separado el pago del transporte escolar.
06:57De ahí que básicamente estos son los dos conceptos que se permite deducir.
07:04Como comentábamos, se tienen que cumplir con algunos requisitos.
07:08Digamos que los requisitos generales es contar con el CFDI.
07:14También en el caso de colegiaturas,
07:17pues el CFDI debe de contener correctamente el RFS del contribuyente.
07:22El complemento del CFDI,
07:27donde se menciona el nivel educativo,
07:29el nombre, la curva del alumno,
07:31el nivel educativo que está cursando el REBOE.
07:36También en el propio CFDI se tiene que señalar en el uso del CFDI
07:42que se trata de pagos por servicios educativos.
07:45Además también el pago debe fluctuarse mediante transferencia electrónica.
07:49Puede ser también cheque nominativo, tarjeta de crédito,
07:52tarjeta de débito o servicios.
07:54Y debe de ser esto desde una cuenta a nombre del contribuyente.
07:58Y aquí mencionar, porque también es algo que sucede mucho,
08:04el pago de este tipo de deducciones,
08:07que son deducciones personales y que se aplican a nivel anual,
08:11es bien importante que no se paguen en efectivo.
08:14Y hablando no solamente de colegiaturas,
08:16ahora también los servicios médicos, doctores o ontólogos,
08:20se pagan en efectivo y nos llevamos la sorpresa
08:22que al momento de revisar las deducciones personales,
08:26pues vemos que el CFDI menciona que efectivamente se pagó en efectivo
08:32y esto lo vuelve en automático un gasto que no es deducible
08:37o que no es un gasto que pueda aplicarse en la deducción anual del contribuyente.
08:43Por lo tanto, es bien importante este requisito,
08:47porque si no, en automático se separa de los conceptos
08:51sobre las deducciones que puede realizar el contribuyente.
08:55También aquí, pues mencionar una buena práctica de los contribuyentes
09:00es no esperar hasta el mes de abril,
09:02que es mes de presentar la declaración anual para revisar sus deducciones.
09:06Estas se pueden revisar de manera más oportuna a través de una aplicación
09:12que está en el portal del SAT, que es el visor de deducciones personales.
09:17En este visor de deducciones personales pueden revisarse durante el año
09:21todos los FDIs que la autoridad ya identificó como posibles deducciones personales.
09:28Y aquí podemos ver que efectivamente, bueno, pues estén todos los que deban estar
09:32y que estén como deben de estar en este sentido, bueno, pues que contenga los montes correctos,
09:40que el número de CFDIs que debieran de estar con los pagos que se hicieron
09:46durante el año de colegiatura, de transporte o de otros gastos
09:50que representan deducciones personales se encuentren cargados en el portal del SAT.
09:54Esto nos ayudará a revisar oportunamente que estén timbrados todos los CFDIs
10:02y también en caso de que hubiera algún error o que algún CFDI no esté timbrado
10:08también por algún error, bueno, pues inmediatamente ir con el emisor del CFDI,
10:14que puede ser la escuela o en el caso de pagos por servicios médicos,
10:19puede ser con el doctor para pedir que haga una refacturación
10:23o bien que haga una corrección al CFDI.
10:25Y esto durante el ejercicio lo puede hacer sin ningún problema.
10:28Ya habiendo cerrado el ejercicio y encontrándonos en el año siguiente,
10:32bueno, pues ya se vuelve muy complicado, pues se pueda realizar.
10:36Entonces, bueno, pues esta es una buena práctica.
10:38Y en este caso es importante revisar que se cumplan con todos los requisitos fiscales
10:47que marcan precisamente las exposiciones en materia tributaria
10:52para no llevarnos ninguna sorpresa y que todos estos gastos puedan ser reducibles,
10:57lo cual en términos generales para un contribuyente persona física
11:02lo que le genera al cierre del ejercicio es un saldo a favor
11:05que al presentar su declaración anual en el mes de abril o el año siguiente
11:11puede solicitar la devolución automática de ese saldo a favor,
11:16lo cual es algo muy benéfico para los contribuyentes
11:20porque reciben un saldo a favor que se convierte en efectivo
11:25que pueda ayudar para otros.
11:26Bien, Roberto, preguntarte, el régimen de situación fiscal
11:30para los usuarios, para todos los contribuyentes,
11:34el régimen de situación fiscal aplica para cualquiera,
11:39hay alguno en específico, y los montos anuales, ya platicamos ahorita,
11:42no significa que dentro de su nivel educativo,
11:45desglosamos ahorita ya cada uno,
11:46es lo que se le va a regresar al término de su declaración anual,
11:52¿cómo está ese sentido?
11:53Uno, el tema de los montos y también el régimen de situación fiscal
11:58si aplica para cualquiera, ¿cómo debe estar desglosado en ese sentido?
12:02Sí, efectivamente lo que comentas,
12:05el hecho de que yo haya deducido a lo mejor un gasto por la criatura
12:09de un hijo de preescolar,
12:12en este caso veíamos que son 14.200,
12:14no significa que en automático es lo que me van a devolver.
12:17Cada contribuyente,
12:20digamos que en función del nivel de ingresos que tenga,
12:24se va a ubicar en una tarifa,
12:26en una tarifa de la cual se calculan los impuestos,
12:30que es una tarifa progresiva,
12:31que puede llegar hasta el 35% del impuesto.
12:35Entonces, dependiendo del rubro,
12:39dependiendo del nivel de ingresos y donde nos ubiquemos,
12:43podemos llegar a una tasa de impuesto
12:45que al multiplicar por el gasto escolar,
12:48pues es lo que nos va a dar de deducción
12:50y que esto al final se puede convertir en una devolución de saldo a favor.
12:56Ahora, por otro lado,
12:59¿quiénes pueden hacer reducibles estos gastos?
13:03Pues aquellos contribuyentes que tienen la obligación de presentar una declaración anual
13:07y pueden disminuir estos gastos en su declaración anual.
13:13Pues puede ser un asalariado,
13:15puede ser una persona que tenga una actividad empresarial,
13:19que reciba gastos por ingresos profesionales,
13:23por realizar una actividad empresarial.
13:26Principalmente ellos son los que podrán,
13:31o tendrán la obligación de presentar una declaración anual
13:34y podrán ejercer esta deducción de gastos.
13:37En el reciclo,
13:38aquellos que están en el vecino en el significado de confianza,
13:41ellos también pueden presentar una declaración anual,
13:44pero es opcional.
13:45Ellos desde el año pasado,
13:47desde el 2025,
13:49la autoridad les da la facilidad
13:50de ya no presentar declaración anual,
13:53sin embargo,
13:53la pueden presentar de manera opcional.
13:55Esto representa un beneficio
13:57porque si estos contribuyentes
14:00estiman que hay gastos
14:02que se hacen a nivel anual
14:04por conceptos de colegiaturas,
14:07gastos médicos mayores, etc.,
14:10pues podrían presentar su declaración anual
14:12generando un saldo a favor
14:14y pedirlo en devolución.
14:15Pero ello evidentemente se aplica
14:18para todos aquellos contribuyentes
14:19que presionan un ingreso
14:21que están registrados en el SAT,
14:23en los contribuyentes
14:24que tienen la obligación
14:25de presentar una declaración anual
14:27o bien optan por presentar
14:29su declaración anual
14:30al cero del ejercicio.
14:32Y ahí en esta declaración
14:34es donde pueden ejercer
14:35estas deducciones personales.
14:38en el caso de colegiaturas
14:40que son estímulos que les pueden aplicar.
14:42Bien, Roberto, para ir cerrando,
14:45no hay como tener un control,
14:47acercarse a un contador
14:49para que pueda haber un control
14:50mes a mes.
14:51Son colegiaturas que en algunos casos
14:53se pagan en una sola exhibición,
14:55otros van mes a mes
14:56haciendo las contribuciones
14:57de todos los pagos
14:58y este control, por supuesto,
15:00hacerlo bajo el mando de un experto
15:03en la materia
15:03para que al final
15:04en la declaración anual
15:05todo quede en orden,
15:07todo quede en normalidad
15:09y bueno, pues ver el tema
15:10de los saldos a favor
15:11y ya en su momento
15:12bajo el régimen
15:13en el que se encuentren
15:13pues puedan hacerlo pertinente.
15:15No hay como acercarse
15:17a los profesionales
15:18en ese sentido, ¿no?
15:20Sí, lo más conveniente
15:21es acercarse a un contador,
15:23a un contador de confianza
15:24porque si bien la autoridad
15:26ha hecho muy amigable
15:28el aplicativo
15:29para presentar la declaración
15:30anual año con año,
15:31¿por qué?
15:32Porque toda la información
15:33ya está precargada.
15:34Es bien importante
15:35sí tener ciertos controles
15:37y que esos generalmente
15:38los va aplicando
15:39el contador
15:40en cuanto a que
15:41toda la información
15:43precargada
15:44sea la que tiene que estar
15:46tanto de ingresos,
15:47deducciones,
15:48retenciones,
15:49impuestos,
15:50las deducciones personales
15:52y también es bien importante
15:53ir monitoreando
15:55y eso lo comentaba,
15:56lo pueden ver
15:57en el visor
15:58de deducciones personales,
16:00pues que todos los gastos
16:01por conceptos
16:02de colegiatura,
16:04transporte escolar obligatorio,
16:06gastos médicos mayores,
16:08primas de seguro,
16:09etcétera,
16:10se encuentren cargados
16:12ahí en el visor
16:13de deducciones
16:14porque lo que aparezca
16:15en el visor
16:16es lo que va a aparecer
16:18precargado
16:18en la declaración anual.
16:20Si hay información
16:20que o hay gastos
16:22que hicimos
16:23que se pagaron
16:24y que no aparecen
16:25en el visor,
16:26pues tampoco van a aparecer
16:27en la declaración anual.
16:29Por ello es bien importante
16:30irlo monitoreando
16:31y revisando
16:32que aparezcan
16:33todas estas facturas
16:34de gastos
16:35para que en caso
16:36de que no aparezcan,
16:38bueno,
16:38pues ir a solicitar
16:39que emitan
16:40el CFDI
16:41y en caso
16:42de que aparezcan
16:43y tengan errores,
16:44pues poder pedir
16:45con tiempo
16:45y con oportunidad
16:47que corrijan
16:48ese CFDI
16:49para no tener contratiempos,
16:51lo cual si nos damos cuenta
16:53en el mes de abril
16:53en que se tiene que presentar
16:56la declaración anual
16:56pues ya es sumamente difícil
16:59que un emisor
17:01de un CFDI
17:02lo quiera correcir.
17:03Bueno,
17:04pues esta información
17:05por supuesto
17:05que es muy valiosa
17:07para todos
17:07que nos ven en casa,
17:08insistimos para todos
17:09los padres de familia
17:10que algunos
17:11ya se adentraron
17:12en el tema
17:13de compra de utilidades escolares
17:14para que sepan
17:14qué sí se deduce,
17:15qué no se deduce,
17:16el tema de las colegiaturas
17:18que próximamente
17:19también le traemos
17:19de lleno en esa materia.
17:21En fin,
17:22te agradecemos mucho
17:23Roberto Iván Colina Mosqueda,
17:25maestro vocero
17:26y coordinador
17:27de redes sociales
17:28de la Comisión Técnica Fiscal
17:29del Colegio
17:30de Contadores Públicos
17:31de México.
17:33Gracias Roberto,
17:34cualquier novedad
17:35pues nos volvemos a avanzar
17:35contigo para ampliar
17:36más detalles al respecto
17:38sobre todo
17:38porque allá en casa
17:39seguramente
17:40esos temas son de gran interés.
17:41Gracias Roberto.
17:43Sí,
17:43gracias por la oportunidad,
17:44buenos días a todos.
17:46Gracias.
17:48Gracias.
17:48Gracias.
17:49Gracias.
17:52Gracias.
17:54Gracias.
17:54Gracias.
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