00:00Ante la cercanía del vencimiento del pago parcial del impuesto sobre la renta correspondiente
00:06al mes de septiembre y con la implementación cada vez más adoptada de las herramientas
00:10digitales, en la Dirección General de Tributación, la prevención de auditorías fiscales y la
00:15adecuada gestión de las responsabilidades tributarias, vuelve a cobrar un papel crucial
00:20tanto para profesionales independientes como para las empresas. Cualquier discrepancia
00:26entre los ingresos reportados, las facturas electrónicas emitidas y los registros contables
00:31que tengan los contribuyentes, dispara de forma automática los sistemas de fiscalización
00:36de la Dirección General de Tributación. Esta fiscalización digitalizada reduce la tolerancia
00:43ante errores u omisiones y expone a personas físicas y jurídicas a cobros retroactivos,
00:49intereses moratorios y fuertes sanciones económicas.
00:53Si usted omite el hecho de declarar información, a usted puede llegarle una notificación o una
01:00indicación de la Administración Tributaria a través de su correo electrónico o inclusive
01:05a través del buzón electrónico que tiene la oficina virtual y de esta manera hacerle
01:09la solicitud. ¿Y cuál es la consecuencia más importante que hay que tomar en cuenta cuando
01:15yo omito una declaración? Que ya el periodo de prescripción no son de cuatro años, son de
01:20diez años. Es decir, que la Administración Tributaria tiene ese tiempo para venir y verificar
01:25cómo autoliquidé yo mi impuesto.
01:28A diferencia del modelo tradicional de auditorías manuales, la infraestructura tecnológica actual
01:34de Hacienda conecta y compara en tiempo real los comprobantes electrónicos emitidos y recibidos
01:41con las liquidaciones tributarias de cada periodo. Esto exige a los contribuyentes un control riguroso
01:47e inmediatos sobre sus flujos contables para evitar alertas en los sistemas del Ministerio
01:52de Hacienda.
01:53Los errores más comunes cuando yo hago una declaración es omitir información, equivocarme
01:59de la casilla que debo de utilizar e inclusive no verificar que los datos que estoy incorporando
02:06en cada casilla no coinciden con las declaraciones o inclusive con la información que ya la Administración
02:11Tributaria tiene. Y como hoy en día estos sistemas pues hacen cruzas de información, entonces
02:17pues hay que saber muy bien que este puede generar alguna diferencia entre lo que la Administración
02:23Tributaria tiene en su sistema porque recibió esto a través de sus proveedores o inclusive
02:28de sus mismos clientes, versus la información que usted está incorporando en estas declaraciones.
02:33Otro de los errores comunes que podemos encontrar hoy en día es que ya con la herramienta de la
02:38factura electrónica y todos los códigos que existen para poder usted informar a tributación
02:43qué es lo que usted está vendiendo o inclusive qué es lo que usted está comprando, las personas
02:47no están utilizando las codificaciones adecuadas. Eso también genera errores y genera por ende
02:53alguna diferencia entre lo que usted viene y presenta como en sus declaraciones y lo que
02:58la Administración Tributaria tiene.
03:00El marco legal vigente establece multas y sanciones económicas. La omisión o presentación
03:06tardía de las declaraciones tributarias o informativas contempla multas equivalentes al 2%
03:12de los ingresos brutos del periodo anterior, ajustadas entre un mínimo de tres salarios
03:17base, es decir, unos 1.386 millones de colones, y un techo de 100 salarios base, unos 46 millones
03:26de colones. A esto se suman recargos por mora e intereses sobre las sumas no pagadas a tiempo.
03:32Para blindar la operación operativa y financiera, se debe mantener revisiones contables periódicas,
03:38conciliar mensualmente los reportes de facturación electrónica con los libros contables y monitorear
03:44de forma constante el estado de cuenta tributario en la plataforma OVI, en caso de que el contribuyente
03:51deba enfrentar una auditoría por parte de la autoridad tributaria. Otra buena práctica
03:56es realizar una auditoría tributaria preventiva con el apoyo de los asesores de impuestos.