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  • hace 3 minutos
La fiscal del distrito judicial de Duarte, Smaily Rodríguez, acudió al Tribunal Constitucional (TC) el 30 de octubre para participar en una audiencia pública de revisión de sentencia de amparo.

Anteriormente, el presidente del TC, Napoleón Estévez Lavandier, dispuso una orden de conducencia contra Rodríguez debido a que la fiscal no compareció el 26 de octubre, sin excusa o motivo aparente, ante la alta corte.

https://listindiario.com/la-republica/justicia/20261102/tc-consejos-fiscal-smiley-rodriguez-por-desacatar-sentencias_928456.html

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Transcripción
00:00porque todos, absolutamente todos, los nueve, son negativas a ejecutar las decisiones de un tribunal.
00:08Negativas por parte del Ministerio Público de Duarte de ejecutar la decisión de un tribunal.
00:14En primer lugar, sabemos que las decisiones de amparo son ejecutorias, no obstante cualquier recurso.
00:20Y que tan pronto llega en manos de un funcionario o un particular,
00:25de conformidad con el Estado de Derecho y la obligación de mantener el mismo de todos los actores del sistema,
00:33se debe ejecutar.
00:42Quizás esto es lo más importante para mí.
00:45Fíjense, nosotros los funcionarios públicos, y usted lo es,
00:51asumimos una responsabilidad ante el Estado de Derecho en el ejercicio de nuestras funciones.
00:58Y esa responsabilidad consiste en enmarcarnos dentro de la norma,
01:04o sea, nuestras funciones estén dentro de las normas, no salirnos nunca de ellas.
01:09Y en segundo lugar, en el caso de los fiscales, de los particulares,
01:14de mí misma, si me tocara, de todos, ejecutar las decisiones de un tribunal,
01:20es una de las obligaciones principales de un funcionario público.
01:24La única forma de atacar esa decisión es ejerciendo los recursos correspondientes,
01:34pero nunca desacatando.
01:35Porque cuando hacemos eso, los funcionarios públicos y los particulares,
01:40entonces estamos requebrajando el Estado de Derecho.
01:43Una de las cosas que fortalece el Estado de Derecho
01:47es obedecer y ejecutar las decisiones de los tribunales,
01:51aunque no nos gusten.
01:53Para eso tenemos los recursos abiertos,
01:56para poder atacarlas y demostrar en unas instancias superiores
02:00que esa decisión fue maldada.
02:04Esa es la única vía.
02:05Por tanto, yo le aconsejo, con mucho cariño, señora Fiscal,
02:13que no vuelva a incurrir en actos de esa naturaleza.
02:17Incluso a usted hubo que ponerle un avés corpus,
02:20porque usted se negó a ejecutar una decisión, y eso está aquí.
02:23Está aquí, todo está aquí.
02:25Son nueve decisiones que usted tiene ya por este tribunal.
02:30Negativa de devolución de bienes, sin proceso penal abierto,
02:35una serie de cuestiones.
02:36Sería bueno, Fiscal, que usted reflexione sobre esos aspectos,
02:41y que se apegue a la normativa,
02:43y que nos ayude a todos, a la República Dominicana,
02:47a fortalecer el Estado de Derecho,
02:51cumpliendo con las decisiones y atacándolas
02:54mediante los mecanismos correspondientes.
02:56Ese es un consejo que le doy,
02:59y usted verá que en el ejercicio de esas funciones tan delicadas
03:02que usted lleva, le va a ir muchísimo mejor.
03:06Porque la gente le va a aplaudir,
03:08porque usted va a contribuir al Estado de Derecho,
03:12que es lo importante de cada funcionario,
03:15contribuir al fortalecimiento del Estado de Derecho,
03:17porque hoy por mí, mañana por ti.
03:19Usted está en esa posición hoy,
03:21usted no sabe si mañana le va a tocar estar del otro lado.
03:24Y no le va a gustar que un fiscal inejecute una decisión
03:28en franca violación a la norma,
03:31porque simplemente no quiere ejecutarla.
03:34Usted no le va a gustar.
03:36Es un consejo que le doy con mucho cariño.
03:38En este caso en particular, como referimos,
03:42se ha tratado de un evento relacionado,
03:45no solamente a un tribunal ya existente control,
03:49como decimos, porque el Ministerio Público
03:51en ningún momento ha dicho no emitirla.
03:54Ha especificado, en cuanto a gestión administrativa,
03:57que utilizáramos la última,
04:00que obviamente era la que había mantenido su medida de coerción,
04:03pero es la que teníamos para ejecución en ese momento
04:06conforme al estatus jurídico del ciudadano.
04:10De todas maneras, como reiteramos,
04:12siempre tratamos de cumplir con la ley
04:15de manera adecuada, como corresponde,
04:18con responsabilidad,
04:19tomando en cuenta el impacto que podemos tener
04:21y que podemos dar a los ciudadanos,
04:23no solamente en la ejecución hacia afuera,
04:25sino también en cuanto a la gestión pública administrativa,
04:27que también nos es medida,
04:29y que además tenemos que rendir informe
04:31con relación al mismo.
04:34Muchas gracias.
04:36¿Alguien más a mi derecha?
04:38Bien.
04:39A mi izquierda, la magistrada Sonia Díaz,
04:41y no le hará preguntas.
04:43Gracias.
04:44Buenos días a todos y a todas.
04:47Yo solamente le quisiera recordar algunas cosas
04:51a la magistrada Smelly.
04:53Primero, que las decisiones en materia de amparo
04:55son ejecutables, no obstante cualquier recurso.
05:00Y una vez se siente,
05:02al menos en el caso mío siento,
05:04que la provincia de Duarte,
05:06una provincia que tanto admiramos,
05:09¿verdad?,
05:10es de Asia a cumplir con las decisiones judiciales,
05:14no solamente en materia de amparo,
05:16sino en la devolución de bienes.
05:19La magistrada Alba lo dijo hace un ratito,
05:23llegan casos aquí que la jurisdicción Duarte
05:26se niega a entregar los bienes
05:28que hay que entregarle a la persona,
05:29porque ya es una decisión judicial definitiva.
05:32Quisiera aconsejar ya una cuestión práctica
05:36al Ministerio Público de manera general,
05:38que en sus expedientes,
05:40por ejemplo,
05:40los que vengan a la Comunidad Constitucional,
05:43nos establezcan el estatus del imputado,
05:45si está o no en libertad,
05:47porque en todo lo que tenemos,
05:51todas las cosas que tenemos,
05:52no existe la aclaración
05:54de si está o no en libertad.
05:57Y eso produce esta audiencia.
06:00Entonces, ustedes en su carpeta fiscal,
06:01si lo ponen,
06:02tienen su estatuto del imputado,
06:05estado del imputado.
06:06Entonces, nosotros necesitamos tener eso.
06:09Y lo otro es que,
06:12y es algo que me hace ruido en este proceso,
06:15es que, mientras exista una decisión
06:18y no exista una revocación de esa decisión,
06:21me explico,
06:23a la de que cambió,
06:24varió la medida de coerción
06:26a una garantía económica,
06:28si no existe otra
06:30que se pueda exhibir
06:33que revocó esa decisión,
06:35no importa que exista una sentencia condenatoria,
06:38sino que hay que ejecutar
06:39la resolución del juez.
06:41Porque es un juez de la República
06:43que ha dicho que ha variado la medida.
06:46Entonces,
06:47siempre se va a ver,
06:48no estoy diciendo necesariamente que sea eso,
06:50que es una excusa
06:51para no ejecutar la libertad.
06:54Entonces,
06:54la libertad es un derecho fundamental
06:57que este tribunal siempre va a estar
06:59acorde con defender y proteger.
07:02Porque para eso estamos
07:04constituidos
07:05como tribunal constitucional.
07:07Entonces,
07:08creo que debemos de tratar
07:11de ejecutar esas decisiones
07:15aun cuando
07:16no nos guste la decisión.
07:19Porque como decía una de mis colegas,
07:21para eso están las vías de recurso,
07:23para recurrir la decisión
07:25que no nos gustó
07:26o que no satisface
07:28las pretensiones de la parte.
07:31En este caso,
07:32incluso,
07:32es un amparo
07:33que es algo importante
07:36a detenerse.
07:38Uno lo ve de entrada
07:40a la situación
07:40y no podría pensar
07:41que debió ser un habeas corpus.
07:43Sin embargo,
07:43no es un habeas corpus,
07:44fue un amparo realizado,
07:47se podría decir
07:47en cierta forma correctamente,
07:49porque lo que andaba buscando
07:50era la entrega
07:50de una documentación.

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