00:00El síndico de Altos Hornos de México y Minera del Norte, Víctor Manuel Aguilera Gómez,
00:06revocó formalmente los poderes otorgados a siete representantes legales de ambas empresas
00:10y solicitó al juzgado segundo de distrito en materia de concursos mercantiles que se
00:15tenga por no presentado un recurso de revocación promovido por uno de ellos.
00:19Mediante un escrito dirigido a la jueza encargada de los procedimientos concursales, Aguilera
00:23Gómez informó que el pasado 27 de octubre de 2026 formalizó la revocación de los poderes
00:28mediante las escrituras públicas 9.481 y 9.482 expedidas ante el notario público Víctor
00:35Manuel Martínez Morales, titular de la Notaría Pública número 108 de Nuevo León.
00:40La medida comprende a Jaime René Guerra González, Sergio Cabañas Mier, Román Salazar Castillo,
00:45Brandon Alejandro Salgado Díaz, Octavio Ochoa Huerta, Arturo Ramírez Carlock y Gabriel Iván
00:51Saravia Zúñiga, quienes contaban con facultades para actuar en representación de AMSA y Minosa.
00:56En el mismo documento, el síndico solicitó que se deje sin efectos procesales un recurso
01:01de revocación presentado por Gabriel Iván Saravia Zúñiga contra un acuerdo judicial del 14 de
01:06octubre de 2026 al sostener que dicha actuación no fue autorizada previamente. Aguilera Gómez
01:11argumentó que desde el 10 de septiembre había instruido expresamente a los apoderados para que
01:16se abstuvieran de realizar gestiones, trámites, negociaciones o actuaciones en nombre de ambas
01:21compañías sin contar con su autorización. Señaló que esta instrucción fue notificada mediante un
01:25instrumento público y presentada ante el órgano jurisdiccional el 29 de septiembre.
01:30Respecto al recurso promovido por Saravia Zúñiga, el síndico aseguró que no autorizó su presentación
01:35y que tampoco fue informado de dicha actuación. Para sustentar su petición, invocó el artículo
01:392.562 del Código Civil Federal, que establece la obligación de los mandatarios de sujetarse
01:45a las instrucciones recibidas y no actuar en contra de las disposiciones expresas de que les
01:49otorgó el mandato. Por ello, solicitó al juzgado que el recurso se tenga por no presentado,
01:53al considerar que fue promovido sin la autorización correspondiente. El escrito forma parte de los
01:58procedimientos concursales de AMSA y Minosa, identificados con los expedientes 19-2023
02:03y 77-2022. La solicitud deberá ser valorada por la autoridad judicial, por lo que el documento
02:09no constituye por sí mismo una resolución que invalide el recurso presentado.
02:13En las imágenes, Alberto Ali reportó para NRT México, cobertura total 360 grados, Wendy Vázquez.