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  • hace 9 años
El Pleno del Tribunal Constitucional ha anulado por unanimidad la disposición adicional 40 de la Ley de Presupuestos de Cataluña, que establece la organización del referéndum independentista, y ha decretado inconstitucionales las partidas de esas cuentas públicas si éstas se destinan a financiar la consulta.

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