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  • hace 2 meses

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Transcripción
00:00¿Puede Manuel Muñoz, del Partido Verde, participar en las siguientes elecciones
00:04luego de ser sancionado por violencia política contra las mujeres en razón de género
00:09por llamarle niña a la diputada Catalina Méndez?
00:12La presidenta de la Comisión de Procedimientos Administrativos Sancionadores,
00:17en el YETAM, Marcia Garza Robles, da la respuesta.
00:21Estricto sentido de la competencia de este Instituto Electoral Tamaulipas,
00:26las resoluciones que nosotros emitimos donde se acredita violencia política
00:29contra las mujeres en razón de género, no constituyen un impedimento para ser candidato o candidata.
00:36Cuando hay un asunto de violencia política contra las mujeres en razón de género,
00:39la mujer que se sienta ofendida o que haya sido víctima de esto, tiene tres vías para realizarlo.
00:45Una es la vía jurídico-electoral ante el Tribunal Electoral,
00:50otra es la vía administrativa ante el YETAM
00:52y otra es la vía penal ante la Fiscalía Especial en Derechos Electorales.
00:56Cada una, esto no quiere decir que son excluyentes, inclusive pudieran activarse las tres al mismo tiempo,
01:03pero cada una tiene diferentes efectos.
01:05Cuando se presenta un juicio de BPG ante el Tribunal,
01:09lo que se pretende es que se restituyan los derechos político-electorales de una mujer.
01:14Ese es el efecto.
01:14Cuando es ante el YETAM o autoridad administrativa,
01:17lo que se pretende es que se sancione administrativamente a la persona,
01:22que es lo que en este caso sucedió.
01:23Se impone una multa y se pidió una disculpa pública para tratar de resarcir el daño.
01:29Y la tercera vía, el delito como tal de BPG,
01:33ese sí puede tener como efecto quedar inhabilitado para ser candidato o candidata.
01:43Así lo establece la ley.
01:45Desde el INE, por ejemplo, en algunas ocasiones se intentó bajar candidaturas
01:51o más bien no registrar o negar el registro de candidaturas
01:54por haber tenido algún proyecto de resolución en contra donde se acredita el BPG
02:01y la Suprema Corte de Justicia de la Nación
02:03estableció muy concretamente que las autoridades administrativas electorales
02:08estamos impedidas para pronunciarnos o para negar el registro a una candidatura por estos temas.
02:15Entonces eso corresponderá, en su caso, a los tribunales jurisdiccionales si así se considera.
02:21Cuando una mujer considere que es necesario seguir un procedimiento penal
02:27y se acreditar el delito penal, tienen esa vía perfectamente abierta
02:31como para, si la intención es que no pudiera registrarse a una candidatura,
02:37pues esa es la vía que la ley señala y perfectamente la pudieran agotar.

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