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El IMSS impuso topes salariales a la modalidad 40 mediante un acuerdo del consejo técnico, sin pasar por el Congreso. El especialista Jorge Antonio Loyo Pérez explica por qué esta decisión podría ser impugnada legalmente.

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Transcripción
00:00El Instituto Mexicano del Seguro Social implementó nuevas restricciones en esta famosa modalidad 40
00:06que limita la posibilidad de incrementar el salario de cotización para mejorar la pensión.
00:11Entre los cambios destacan límites salariales para nuevas inscripciones y también en reingresos,
00:18la eliminación de pagos retroactivos y también la prohibición de combinar este esquema con el de trabajadores independientes.
00:25Las personas que ya estaban inscritas, ojo, conservarán sus condiciones hasta concluir el periodo contratado.
00:33El especialista en Derecho Laboral, Jorge Antonio Loyo Pérez, advirtió que las medidas podrían vulnerar derechos constitucionales
00:41al considerar que un acuerdo administrativo no puede modificar disposiciones establecidas en la Ley del Seguro Social.
00:49Aunque el IMSS busca contener el costo de las pensiones, el especialista señaló que los afectados podrían evaluar recursos legales,
00:57incluido el amparo, dependiendo esto de cada caso.
01:03Y mira, precisamente para hablar de esto, me da mucho gusto saludar al maestro Jorge Antonio Loyo Pérez,
01:09académico del Departamento de Derecho de la Ibero.
01:13Gusto saludarlo, maestro, en esta novela que decíamos que se ha venido dando,
01:17este tema importante para muchos sobre estos días.
01:20Ya decía la presidenta, esto, esta modificación se hace, dice, para evitar los fraudes que se venían haciendo,
01:29extorsiones y todo lo que se venía realizando de manera interna,
01:32pero hay muchas vulnerabilidades también, he visto desde otro sentido,
01:36hay quienes están de acuerdo, hay quienes no.
01:39Qué gusto saludarlo, maestro.
01:41Un privilegio enorme que me tengas en este programa, tú y yo, Ricardo,
01:47para mí es un privilegio estar aquí en Belén de Noticias,
01:50y de verdad un tema importante como el de la modalidad cuarenta.
01:55Déjame decirte que después de este, pues, el terremoto de la corteza de los médicos,
02:04tanto por la parte de los médicos y prestaciones, como el de la modalidad de los médicos,
02:10viene esta segunda parte.
02:12Y déjame decir, efectivamente, el Instituto Mejano, lo que les anunciaron,
02:16acaba de dar un golpe, notaron a muchos trabajadores, cerca de 500 mil próximamente,
02:23que estaban en el trabajo de mejoraquita al tío.
02:27Y es el Consejo Técnico, porque no es propiamente la lección del Instituto,
02:34este Consejo Mixto, ha impuesto unos topes a esta modalidad cuarenta.
02:40Esta modalidad cuarenta hay que tener lo que era, como tú dijiste al inicio,
02:44servía para las personas que pierden su trabajo formal,
02:48o pierden su trabajo, y que continúan con actividades independientes,
02:53o que siempre han sido trabajadores independientes.
02:56Imagínate, tú cotizarte treinta años en seguridad y que de repente pierdes el empleo,
03:02pero aún no tienes la edad para jubilarte en 60 años o en vejez,
03:07pero quieres seguir contribuyendo.
03:09Para eso se creó, y precisamente se reformó un artículo de la Ley del Seguro Social
03:15que establece esta posibilidad, en donde dentro de los límites que establece,
03:21puedes cotizar, pagarte tu bolso como trabajador, tanto la cuota patronal como la cuota de trabajador,
03:28para después de cierto tiempo mejorar la expectativa de jubilación.
03:33En un país donde hay, ya sabes, seguridades sociales de Chile, de dulce y de manteca,
03:39está el ICE, están los institutos de seguridad de treinta y un entidades de la República,
03:45treinta y un estados, está el ISPAN, que ocupa a los militares y a los maridos,
03:49están los regímenes internos de algunas empresas que no se rigen por el seguro social,
03:55como Petróleos Medellanos, como Comisión Federal de Electricidad.
03:57Entonces, dentro de este desastre, cuando tú eres un trabajador que no has tenido continuamente
04:03este trabajo frente al seguro social o trabajas de manera autónoma,
04:08te viene abierto la puerta a una jubilación digna.
04:11Y déjame decirte que este argumento del gobierno federal,
04:15en el que se trata de fraudez,
04:19y que de alguna forma se detectan esquemas fraudulentos y simulaciones para inflamar salarios,
04:26si en realidad no se trata ni de fraudez ni de simulaciones,
04:30sino un esquema legal perfectamente bien establecido.
04:33Te escucho, querido Ríos.
04:37Platicábamos, para que nos entiendan un poco más sobre esta situación,
04:41poniéndolo en ejemplo, si un trabajador, por ejemplo,
04:44tenía un salario base de cotización de mil pesos diarios,
04:49podrá o podría incorporarse con este monto,
04:52más el valor de una UMA, una UMA diaria.
04:56Pero si una persona que tenía un salario base de cotización de 15 mil pesos mensuales,
05:01por ejemplo, y pretendía cotizar con uno de 40 mil,
05:05bueno, pues ahora no podrá dar por hecho que podrá elegir esa cantidad.
05:08Ahora debe sujetarse al límite establecido por el acuerdo
05:12y a la forma en la que ya el instituto aplique la disposición en su caso,
05:17que en este caso es una UMA.
05:19Es decir, no puede ya mejorar su pensión.
05:24Y algunos mencionan, bueno, pues si yo estoy ya en este programa,
05:28tengo algún tema, alguna situación, bueno, no.
05:31Es quienes apenas se van a incorporar a esto.
05:35Para ello se hace este cambio, ya las autoridades lo decían,
05:40para evitar fraudes y para evitar todo lo que se venía realizando,
05:43bueno, pues ahora no se van a poder retirar con una mejor pensión.
05:48Esto se encuentra bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973,
05:54la medida que limita una de las principales estrategias.
05:56Y en ese sentido, pues muchas personas dicen,
05:59oye, pues no me puedo, ahora no tengo la oportunidad de tener una mejor pensión,
06:05pero esto también podría tener una mayor regulación en cuanto a estas prácticas.
06:10Que, ojo, no es ilegal que se pueda mejorar estas aportaciones voluntarias,
06:15porque si usted estaba cotizando y ahora deja de percibir y sigue elaborando,
06:21pero bueno, pues ahora busca el esquema de la aportación voluntaria,
06:25no va a mejorarla, pero va a poderla hacer solamente con una huma diaria,
06:30lo cual significa que cuando ya reciba su pensión,
06:33pues va a ser en un rango mucho menor.
06:36Esto todavía no está aclarado sobre, decía el senador Ricardo Monreal,
06:45todavía no ha pasado por Cámara de Diputados ni de Cámara de Senadores.
06:49Eso todavía faltaría, sería un paso siguiente.
06:55Pues déjame aclararte, Ricardo, que hay, ya ves que este gobierno tiene un aspecto curioso,
07:03parecías a las de Don Brutalco y Les Calles en la época del Maximato,
07:08en lugar de seguir los caminos legales apropiados,
07:11como reformar una ley que además no se podría aplicar de manera retroactiva,
07:16sobre derechos adquiridos, pero donde el camino apropiado sería expedir una ley por el Congreso Federal.
07:22Y aquí la parte interesante es que ya salió la presidenta a decir que ella no requiere ninguna reforma legal.
07:31Y una de las cosas que nos damos cuenta es que como sucedió con la reforma a la justicia,
07:38esta reforma de estos nuevos jueces electos a través de un sistema presuntamente democrático,
07:47llamados acordeones, ¿no?, en el que hubo un cambio.
07:52Cuando les preguntaron en la Comisión Interamericana, en las audicias, al gobierno me dijeron si habían hecho un diagnóstico,
08:01un análisis, no, no hicieron ningún diagnóstico, fue una ocurrencia.
08:05Y algo parecido está ocurriendo.
08:07¿Sabes que el promedio de salario de los trabajadores que se jubilaron a través de este esquema de modalidad 40
08:15es de 24 mil pesos al mes?
08:18¿Cuáles tensiones durandas? ¿Cuáles fraudes?
08:21Es que al momento el gobierno federal de que las finanzas están bajo una presión insostenible
08:27y que detectan esquemas turbulentos o simulaciones para inflar salarios que tú ya no dijiste,
08:34pues si está en la ley y lo permite, ¿cuál simulación?
08:37Entonces, en todo caso, en todo caso debieron utilizar todos los mecanismos de supervisión y de facultades
08:47para investigar y anular los actos simulados de manera individualizada,
08:52no optar por la mutilación de un derecho que le corresponde a todos los asegurados por un exceso administrativo.
08:58Este decreto, por eso mismo, Ricardo, es inconstitucional.
09:03O sea, existen, existen, de alguna forma, en algún análisis constitucional,
09:13ningún acuerdo administrativo de un consejo técnico puede anular una ley.
09:22Es un despropósito.
09:24Entonces, a diferencia de lo que tengan temor algunas personas,
09:28yo creo que todas las personas que están dentro de la hipótesis de solicitar la modalidad 40
09:34lo van a poder seguir haciendo.
09:38Claro, van a tener que interponer un juicio de amparo extraordinario,
09:42una demanda de amparo, solicitar la suspensión del acto reclamado
09:45y obtener la protección de la justicia federal para anular este acuerdo del consejo técnico.
09:52Sí, por supuesto.
09:54Bueno, bueno, vemos, nos ha ganado el tiempo en televisión.
09:57Por supuesto que hay mucho todavía que desglosar.
10:00Para quienes todavía no han entendido al 100% este tema,
10:04por supuesto seguiremos al tanto.
10:06Le agradezco muchísimo que nos haya tomado la comunicación
10:09al maestro Jorge Antonio Loyo Pérez,
10:10académico del Departamento de Derecho de la Ibero,
10:13para poder ampliar siempre su espacio, maestro. Gracias.
10:17Gracias a ti.
10:22Gracias.
10:23Gracias.
10:24Gracias.
10:25Gracias.
10:26Gracias.
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