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  • hace 5 minutos
Si usted cotiza en el IMSS y pensaba inscribirse a la modalidad 40 para subir su pensión, el nuevo tope salarial le impide elegir un sueldo mayor al registrado. Arturo Rueda explica qué pasa con quienes ya estaban inscritos en esta modalidad.

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Transcripción
00:00Pero otro tema que coincidentemente también involucra al IMSS, el Instituto hizo cambios.
00:03Bueno, entraron en vigor los cambios que hizo su esquema de pensiones para poner un límite de cotización a los
00:08trabajadores
00:08que se inscriban a la modalidad 40. Ponga usted atención en eso porque tal vez sea el caso.
00:14El cambio radica en restringir las cotizaciones para alcanzar una pensión más alta, es decir,
00:18usted como trabajador ya no podrá elegir libremente un salario alto para aumentar su futura pensión
00:23si el monto rebasa su sueldo real registrado.
00:26El tope de aportación debe ser según su último salario real.
00:30La medida responde a un análisis sobre la viabilidad del sistema de pensiones
00:34por lo que durante los próximos seis meses no podrán inscribirse a nuevas personas
00:38o cambiarse a dicha modalidad aunque ya estén cotizando en el IMSS.
00:42El cambio no afecta a quienes ya estaban en esa modalidad,
00:45solo no se permitirán nuevas incorporaciones al menos por los próximos seis meses.
00:52¿Por qué hacemos estos ajustes?
00:54Para evitar prácticas de simulación, garantizar que este mecanismo se utilice correctamente
01:00y proteger los derechos pensionarios de las personas trabajadoras.
01:04Porque el objetivo es claro, la modalidad 40 no desaparece, se fortalece.
01:10Justamente para abordar este tema y entenderle un poco más,
01:13agradecemos que esta mañana nos atienda Arturo Rueda,
01:16él es especialista en mercados financieros y pensiones.
01:18Arturo, ¿cómo estás? Buenos días.
01:20Buenos días, muy bien, muchas gracias.
01:22Gracias, Samuel, gusto en saludarlo.
01:24Arturo, para entenderlo un poco más claro, y corrígeme si me equivoco,
01:27hasta ahora, bueno, hasta ayer, un trabajador que tuviera un sueldo bajo
01:31podía hacer aportaciones de su bolsa para, digámoslo así, incrementar el salario registrado
01:36y poder tener derecho a una mejor pensión.
01:39¿Estoy bien?
01:39Sí, correcto, correcto, Samuel.
01:42Vamos a decir que hasta hoy quien percibía, digamos, 20 mil pesos de salario nominal
01:49podía inscribirse a la modalidad, puede inscribirse todavía con el salario máximo permitido
01:56por el IMSS, que ronda 88 mil pesos mensuales en números cerrados.
02:01registrarse con ese salario, con el salario tope, concede el beneficio de aspirar en efecto
02:07a la pensión más alta, es decir, recibir esos 88 mil pesos mensuales como pensión,
02:15aunque su salario como empleado haya sido de 15, 20, 30 o 60 mil pesos, el que haya sido.
02:22En otras palabras, el trabajador podía, vamos a decirlo así, concederse un aumento de salario
02:33de sueldo al pasar, al dejar de ser empleado, ser desempleado y registrarse en la modalidad 40.
02:41El cambio aprobado determina en efecto, como usted lo señala, que quien quiera inscribirse
02:48a la modalidad, podrá ser lo máximo, máximo con el salario que tenía el día que fue
02:55dado de baja por su patrón. Es decir, con los 15, 20, 40 o 60 mil pesos, el salario que
03:02fuera. No es un asunto menor, si usted me permite, no es un asunto menor. A la fecha hay alrededor
03:09de 275 mil trabajadores registrados en esta modalidad 40. Vamos a suponer que todos están,
03:20que todos estamos, porque un servidor también está en esta modalidad, que todos estamos
03:24con ese salario topado. Lo que el gobierno, el IMSS, nos concedería en un año sería
03:35un millón 143 mil 500 pesos por pensión, considerando 13 meses, 12 meses regulares, más
03:44un mes de aguinaldo. De hecho, la cifra, esta cifra de un millón 143 mil 500 es un tanto
03:51más alta, porque hay pensionados que reciben por derecho asignaciones adicionales. Es decir,
03:58a este número, a este un millón 143 mil, había que agregarle 15% si se tiene un cónyuge
04:08concubina o concubinario, 10% por cada hijo menor de 25 años, o 10% en caso de que sus
04:18padres dependan económicamente, o en el peor de los casos, un 15% si el pensionado no tiene
04:26ni cónyuge, ni hijos, ni padres, 15% como asistencia especial. Con eso, la pensión anual
04:34sube a alrededor de un millón 315 mil pesos. Si multiplicamos esta cifra por 275 mil, que
04:42ahora son beneficiarios de esta modalidad 40, el gobierno eroga, está erogando alrededor
04:49de trescientos sesenta mil millones de pesos anuales, solo en este rubro, solo en la modalidad
04:5740. Imaginémonos que en cinco años, la cifra asciende a alrededor de 1.8 billones, 1.8 billones
05:08de pesos. Esta es la cantidad que yo infiero, que es relevante, Samuel, y que el gobierno
05:14intenta moderar. Ahora, Arturo, también hay que entender o recordar que esta se volvió
05:20tal vez la alternativa para los trabajadores afiliados al IMSS, que resultaron, resultamos
05:25afectados cuando entró en vigor la ley del 97. ¿Era esto o una Afore, o FIEN contratar
05:30un fondo privado, y obviamente más caro por nuestra cuenta? Sí, este tema de las pensiones,
05:35Samuel, da para, da para mucho. Lamentablemente, en México, como en muchos países similares
05:41de Latinoamérica y de otras áreas, cuando se llega a los cuarenta y cinco, cuarenta y
05:47ocho años de edad, y le toca uno ser despedido, la verdad es que las posibilidades de volver
05:53a ser empleados se reducen drásticamente, drásticamente. No nos queda más que buscar,
06:01tratar de hallar algo para seguir con la posibilidad de tener ingresos, y bueno, seguir contribuyendo
06:10al seguro social para seguir acumulando semanas y aspirar a la pensión más alta posible. La
06:19ley del 97, digamos, no contempla este beneficio de la modalidad cuarenta a plenitud, no van
06:27a ser una carga como lo son ahora, una carga entre comillas, para el erario público los
06:33que aspiren a pensionarse por el sistema de Afores y Ciefores. Podrán inscribirse, pero
06:40ya solamente van a disponer de lo que logren acumular con su ahorro, tanto obligatorio como
06:49voluntario cuando decidan pensionarse. Digamos que la ley del 97 sí fue un parteaguas, ¿no?
06:56Los que lograron, logramos inscribirnos al seguro social antes de julio del 97 podrán
07:05aspirar a una pensión bajo la ley setenta y tres, y en su caso, si son desempleados,
07:11a inscribirse a la modalidad cuarenta.
07:13Bien, Arturo, se nos está acabando el tiempo, pero quisiera preguntar finalmente, quienes estén
07:19todavía sobre esta modalidad cuarenta, ¿deberán hacer algo o qué pueden esperar durante los
07:23siguientes meses o años? ¿Deben preocuparse? ¿Deben acudir al IMSS?
07:28Es una gran pregunta. La recomendación es que se inscriban a la modalidad cuarenta. El Instituto
07:35Mexicano del Seguro Social ha dicho que va a haber un periodo de transición de seis meses,
07:39al cabo de los cuales van a determinar si procede o no, si se queda o no, en definitiva,
07:45la reforma que están planteando. Pero la verdad es que es un beneficio extraordinario,
07:51sensacional. Quien esté en posibilidades de registrarse, que se registre lo más pronto
07:57posible y que haga sus contribuciones, desde luego.
08:00Muy bien. Arturo Rueda, especialista en mercados financieros y pensiones. Muchas gracias por el
08:05tiempo. Esta mañana vamos a estar atentos, obviamente, también a lo que ocurra durante los
08:08siguientes días y meses. Buen día. Gracias, igualmente, hasta luego.

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