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  • hace 2 semanas
urante el programa RD Debate: Código Penal, el abogado Miguel Valerio explicó que la nueva legislación establece de forma expresa la obligación del propietario de un edificio de velar por las condiciones del inmueble, una disposición que, según señaló, no estaba contemplada de la misma manera en el código anterior.

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Transcripción
00:00Abogado Miguel Valerio, no es un secreto para nadie que usted se encuentre en los tribunales ahora mismo
00:05debatiendo una acusación con respecto al techo, al derrumbe del techo del caso Jetset.
00:11Este nuevo código, la entrada en vigencia de este nuevo código penal,
00:15¿cómo pudieran cambiar las condiciones para enjuiciar este hecho que está atenta a la sociedad dominicana
00:21con respecto a las muertes por el derrumbe del techo?
00:24Mira, lo primero es que por el principio de legalidad penal, el nuevo código penal establece
00:28de manera categórica la obligación del dueño del edificio de cuidar de él.
00:31Eso no se encontraba tampoco en el código penal anterior, con lo cual hay una regulación expresa
00:36que los legisladores, inadecuadamente, porque uno no regula para un caso, sino que regula para la sociedad,
00:41describió como la cláusula Jetset.
00:43En ese sentido, evidentemente, también se reforzaron los criterios de la imprudencia,
00:47que aquí eran criterios que yo reconozco en leyes, por ejemplo, como la de tránsito, se fue aumentando,
00:52pero en el código penal quedó rezagado por lo que todos sabemos que era un código penal de la prehistoria,
00:56no de la historia. En ese sentido, evidentemente, la negligencia como tal,
01:00se subieron las penas, estamos en una sociedad que los mayores tratadistas de derecho penal
01:05han definido como una sociedad del riesgo, donde la imprudencia es un punto básico y neurálgico
01:09de la regulación, porque cada día hay mucho más riesgos y todos somos más imprudentes.
01:13El código penal reforzó también esas cláusulas, y ahí vemos dos grandes avances
01:18de una legislación penal que ha sido criticada, no bien defendida,
01:22pero que efectivamente adecua el ordenamiento jurídico dominicano al siglo XXI.
01:27¿Hay críticas que hay que hacer? Sí, evidentemente que sí, pero el simple hecho de que hay un orden,
01:32aquí para que la gente me entienda, aquí habían dos artículos de la negligencia,
01:36y ni siquiera había una cláusula de negligencia total en el código penal.
01:39Ahora tenemos unos principios generales que regula la imprudencia de manera categórica
01:43y artículos centrados en imprudencias determinadas.
01:47Eso quiere decir que se hizo la tarea y que evidentemente el riesgo como tal,
01:52esa imprudencia se empieza a controlar.
01:53Muchas gracias.
01:54Abogado doctor José Martínez Hoppelman,
01:56también se ha debatido en la sociedad sobre los tiempos de los procesos.
02:00El Ministerio Público ha presentado casos ante la justicia por situaciones de corrupción
02:04que los volúmenes contienen muchas páginas,
02:08y entonces se ha dilatado la lectura y otros abogados han hecho quizás
02:11algunas presentaciones de situaciones que han dilatado el proceso.
02:16¿Entiende usted que con este nuevo código penal estos casos pudieran quedar sin ser juzgados
02:23o de todos modos van a ser juzgados en los tribunales?
02:26El ámbito de la extinción de la acción penal por la duración máxima del proceso
02:30no forma parte de las disposiciones del código penal.
02:33Pero para responder su pregunta desde el ámbito procesal,
02:35ha sido una necesidad del Estado Dominicano de ir aumentando el tiempo de juzgamiento.
02:40De tres años cuando comenzó el código procesal penal,
02:42a cuatro años con la ley 1015 y ahora con el nuevo código procesal penal del año 2025,
02:48a seis años máximo.
02:49¿Qué sucede?
02:51Que el Ministerio Público a la hora de diseñar un caso
02:54tiene que tomar en consideración el tiempo que el propio legislador estableció
02:59para que fueran juzgados.
03:00Sin embargo, eso parece haber sido dejado de lado en la redacción de algunos casos
03:04que suman decenas de miles de páginas, cientos de testigos.
03:09Sin embargo, no se pudo eficientizar eso.
03:13Y un ejemplo de eso es que la acusación de Nicolás Maduro en el Estado de Nueva York
03:18tiene 35 páginas.
03:19La de Jean Alain Rodríguez en la República Dominicana, 16.400.
03:23Entonces, cuando usted ve esa diferencia,
03:25usted tiene que llegar a la conclusión de que efectivamente el Ministerio Público
03:30a la hora de diseñar eso no tomó en consideración la garantía
03:33y el límite que había tenido el legislador
03:35y por lo tanto el tiempo se ha vencido
03:38y ahora estamos en las discusiones de si es constitucional o no,
03:43si es legal o no, extender ese tiempo de manera razonable.
03:46La realidad es que el tiempo de duración de un proceso
03:49es una garantía y un freno para el poder punitivo del Estado
03:52y debe respetarse.
03:54Don Cándido Simón, quiero ir con usted ahora
03:56para preguntar sobre una figura en el Código
03:59que se llama la delación premiada.
04:02La sociedad ha visto con sorpresa,
04:04porque no ha sido parte de la tradición judicial en el país,
04:07que cuando un grupo de personas violan la ley
04:10se le da un privilegio a una de ellas por delatar a los demás.
04:14Y entonces vemos casos,
04:16sobre todo de los casos de corrupción que están en la justicia,
04:19de que a personas que han hecho delaciones
04:21pues no se le ha dado el mismo tratamiento
04:23que a otras que forman parte del expediente.
04:26¿Cómo evaluar el tema de la delación premiada
04:29en el sistema judicial dominicano?
04:31Yo tuve la oportunidad de ser uno de los co-redactores
04:33del Código Procesal Penal que se propone en el año 2002,
04:36entre en vigencia y en el año 2004.
04:38Y desde entonces existe en ese código,
04:40hace ya 20 y algo de años,
04:43esta modalidad de imputación
04:46que fue repetida en la reforma parcial realizada recientemente.
04:51Eso tiene origen esencialmente en el sistema norteamericano,
04:56que donde la mayoría de los casos se llevan a acuerdos previos
05:00o hay algunos testigos que se le condona determinada imputación
05:06porque lo que pasa es que un proceso penal es como un juego de ajedrez.
05:09Para usted llegar a la reina tiene que sacrificar peones.
05:12Muchísimas gracias.
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