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  • hace 2 horas
En diálogo con Exitosa, Julio Palomino, abogado laboralista, analizó la posible aplicación de la suspensión perfecta de labores ante el impacto del fenómeno El Niño. Advirtió que, si se aprueba la medida, los trabajadores podrían dejar de percibir remuneraciones y gratificaciones durante el periodo de suspensión.

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"Exitosa: La voz de los que no tienen voz"

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Transcripción
00:00Si somos, pues, de repente
00:02consecuentes con lo que va a ocurrir. ¿Tampoco a la gratis?
00:04No, nada. Es que no se le paga
00:06ningún tipo de remuneración. No se le pagaría por 90 días
00:08si el Ministerio de Trabajo
00:10otorga este pedido, esta solicitud
00:12a la empresa que lo está
00:14requiriendo, no pagaría
00:15ni CTS si lo hace, si lo otorga
00:18y corre para noviembre
00:20ni gratificación. O sea, no percibiría
00:22ningún tipo de remuneración el trabajador, ¿no?
00:24Así es.
00:25Pero
00:27le damos la bienvenida
00:28a nuestro invitado, Julio Palomino
00:30abogado laboralista. ¿Cómo está, doctor Palomino?
00:33Muy buenos días. ¿Cómo estás, Castiusca?
00:34Nuevamente acá, acompañándote
00:36y gracias por la invitación. Así es.
00:38Queremos analizar las declaraciones
00:40del Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
00:42Juan Cheput, que ha mencionado que el gobierno
00:44evalúa la suspensión perfecta
00:46de labores ante el fenómeno
00:48del niño. Por favor, expliquemos la figura
00:50para todos los oyentes. A ver, efectivamente
00:52ha declarado el Ministro de Trabajo
00:54señor Cheput, que podría darse
00:56y el gobierno estaría evaluando
00:58la posibilidad
00:59de esta alternativa laboral
01:02que es la suspensión perfecta.
01:03La suspensión perfecta como tal
01:05es una alternativa laboral
01:07que está prevista en la ley
01:08en el artículo 15
01:09de la Ley de Productividad
01:10y Competitividad Laboral.
01:12No es una figura nueva, ¿no?
01:13Pero ¿cuál es el efecto legal
01:15de la suspensión perfecta
01:16de labores dentro de una
01:18prestación laboral, no?
01:19Es una medida temporal, ¿no?
01:21A través del cual
01:23el empleador deja de operar,
01:25deja de realizar operaciones
01:26propias de su corte de negocio
01:27y los trabajadores no trabajan
01:29y por ende
01:30no cobran.
01:31No cobran, eso es lo que preocupa.
01:32Esa es la figura legal
01:33de la suspensión perfecta de labores
01:34que se dio, como tú bien recuerdas,
01:37en la época...
01:37En la pandemia.
01:38En la pandemia del COVID-19, ¿no?
01:40Entonces, habría que analizar fríamente
01:42esta figura, podría ser aplicable
01:44a las empresas que están más vulnerables
01:46que otras y también en las provincias
01:49o departamentos donde va a afectar
01:51a este meganiño, ¿no?
01:52Pero también hay que analizar la figura,
01:54Catiusca, ¿cómo podría afectar
01:55al trabajador, no?
01:57Porque la medida temporal,
02:00si bien es cierto,
02:01tiene como plazo máximo 90 días.
02:04Eso es lo que estipula la norma.
02:0590 días al cual el trabajador
02:07no percibiría remuneraciones, ¿no?
02:09Y si estamos viendo este tema
02:12de este meganiño que ya se inició
02:14en el norte, como tú estás viendo
02:15en Piura, en Chiclayo, con las lluvias,
02:18lógicamente, si aplicaría
02:19o si se haría una norma,
02:20si se daría una norma próxima,
02:22podría aplicar inclusive
02:24en meses de noviembre, diciembre y enero.
02:26Tres meses, 90 días.
02:28En los cuales no cobraría el trabajador
02:30ni la CTS ni la gratificación.
02:32Gravísimo.
02:33Así es.
02:33Entonces, yo creo que ahí
02:34hay que analizar fríamente
02:35a qué empresas podría afectar o no.
02:38Pero también hay que entender
02:38de que no podría ni verse perjudicado
02:41tanto el trabajador
02:42por ese seno
02:43y la expectativa
02:44de percibir la remuneración
02:45y el empleador también
02:46que no podría operar
02:48si está en una zona
02:49donde la lluvia
02:50los podrían afectar, ¿no?
02:51Así es.
02:51Bueno, según lo mencionado,
02:53eso se está evaluando
02:54y se daría apoyo económico y legal
02:57a estas empresas también.
02:58Pero yo estoy viendo
02:59que el enfoque es más
03:00hacia la productividad
03:01de las empresas.
03:02Pero también tenemos
03:03que darle el enfoque
03:04al trabajador
03:05que, como usted ha dicho,
03:06los meses más complicados
03:07van a ser noviembre,
03:10diciembre, enero, ¿no?
03:13Sí.
03:14Según la ley laboral.
03:15Pero en febrero o marzo
03:16no todo se va a recuperar.
03:18Por el contrario,
03:19posiblemente esto todavía dure
03:21los primeros meses del dos mil veintisiete.
03:24Entonces,
03:24desprotegidos completamente.
03:25Sí, podría extenderse como se extendió
03:27en la época del COVID,
03:29¿te acuerdas?
03:29Que se extendió.
03:31Pero también el gobierno
03:32en esa época dura
03:33del coronavirus,
03:35me acuerdo que dio
03:36algunas medidas importantes.
03:37Dio bonos, ¿no?
03:38Unos bonos a los trabajadores
03:39que se habían visto afectados
03:41con esa suspensión perfecta.
03:42Ahora,
03:43el tema de la suspensión perfecta,
03:46aplicando estrictamente, pues,
03:47al tema del fenómeno del niño
03:49como un caso fortuito,
03:51porque es un caso fortuito,
03:52¿no?
03:52Es una situación impredecible,
03:54impredecible,
03:55que no puede después controlar
03:57el gobierno ni nadie.
03:58Acá hay que ver
03:59si realmente esto
04:02va a afectar directamente
04:03a la economía familiar.
04:04Yo creo que sí,
04:05de la canasta familiar.
04:06Y yo creo que el bono
04:08no va a cubrir ni siquiera
04:09las expectativas
04:10de poder cubrir
04:11las necesidades básicas
04:12de una familia, ¿no?
04:13Pero hay que analizar fríamente
04:14si eso se va a dar.
04:16Y también la obligación
04:17que tiene el empleador Catiusca
04:19de poder solicitar
04:21o plantear su pedido
04:22ante el Ministerio de Trabajo
04:23y que sea aprobado, ¿no?
04:25Porque no solamente decir
04:26yo corto,
04:27suspendo las labores,
04:28dejo de pagar
04:29las remuneraciones
04:30por 90 días,
04:31me saco del problema
04:32en las cargas sociales
04:33y no le pago a mis trabajadores.
04:35¿Y qué pasa, por ejemplo,
04:36si no cumple con los requisitos
04:37la empresa?
04:39¿Esos 90 días
04:40van a tener que pagarlos
04:40y o así?
04:41Porque lo va a obligar
04:42el Ministerio de Trabajo.
04:42O sea, hay requisitos
04:43a través de los cuales
04:45se tiene que calificar
04:46previamente
04:47si la suspensión perfecta
04:48o el pedido
04:49de suspensión perfecta
04:50va a ser legal,
04:51va a ser válido
04:51y si va a ser otorgado
04:53por parte del Ministerio de Trabajo.
04:54Podría ser un caso, ¿no?
04:56Una agroexportadora
04:57cuyos campos de cultivo
04:58se han visto
04:59afectados completamente,
05:01inundados.
05:01Entonces, no hay, ¿no?
05:03No hay alimentos
05:03para exportar.
05:04Podría ser un ejemplo
05:05donde sí sea válido
05:06que se aplique
05:07la suspensión perfecta.
05:09Así es.
05:10Inclusive,
05:11para verificar
05:11esta casuística
05:13que tú comentas,
05:14Catiusca,
05:14tendría que constituirse
05:16previamente
05:17la Sunafil,
05:18¿no?
05:18Que es la Superintendencia
05:19Nacional de Fiscalización Laboral
05:20a través de un inspector
05:21y verificar in situ
05:23si realmente,
05:24o sea,
05:25esa empresa de agro
05:26no puede operar, ¿no?
05:27Entonces,
05:28tendría que verificar
05:28y con el informe
05:30de Sunafil,
05:32el Ministerio de Trabajo
05:32tendría que pronunciarse
05:34y otorgando o no
05:35la medida
05:36de suspensión perfecta.
05:37¿Y cuáles son los derechos
05:39que amparan
05:39a los trabajadores?
05:42Ahora,
05:42en el tema
05:42de la suspensión perfecta
05:43definitivamente
05:44no va a haber pago
05:45de remuneración,
05:46pero no se le corta
05:47la atención médica
05:48de salud,
05:48eso sí,
05:49¿no?
05:49Pero pago de remuneración
05:50en Catiusca
05:51no va a haber pago,
05:52o sea,
05:52no puedes cobrar,
05:53si somos,
05:54pues,
05:55de repente,
05:56consecuentes
05:56con lo que va a ocurrir.
05:57¿Tampoco la gratis?
05:58No,
05:58nada,
05:59es que no se le paga
05:59un tiempo de remuneración,
06:00no se le pagaría
06:01por 90 días
06:02si el Ministerio de Trabajo
06:03otorga este pedido,
06:05esta solicitud
06:05a la empresa
06:06que lo está requiriendo,
06:08no pagaría
06:09ni CTS
06:10si es que lo hace,
06:11si lo otorga
06:11y corre para noviembre
06:14ni gratificación,
06:15o sea,
06:15no percibiría
06:15ni un tipo de remuneración
06:16el trabajador,
06:17¿no?
06:18Así es.
06:18Pero,
06:19¿se dio una constancia
06:20de que si todo
06:20regresa a la normalidad
06:22o si reciben
06:22los apoyos económicos
06:23del gobierno,
06:25se reactiva la empresa
06:26y los trabajadores vuelven?
06:27Ah,
06:27claro,
06:27lo que pasa es que
06:28la suspensión perfecta
06:29de Catiusca
06:29no es una ruptura
06:30del vínculo laboral,
06:31o sea,
06:32es una pausa
06:32la relación laboral,
06:33se suspenden las labores,
06:35pero sigue vigente
06:36el vínculo laboral,
06:37O sea,
06:38el trabajador sigue siendo
06:39trabajador de la empresa,
06:40no puede ser despedido
06:41de ese periodo,
06:42¿no?
06:42Porque es un periodo
06:43de pausa que se le da
06:44por esta situación
06:45de caso por tuito,
06:46¿no?
06:47Bueno,
06:47lo que podrían optar
06:48los empresarios,
06:50¿no?
06:52Sería quizás
06:53no solo aplicar
06:54la suspensión perfecta,
06:55sino la reducción
06:56de personal
06:56por los riesgos económicos.
06:59Esto es importante
06:59porque el tema
07:00de la suspensión perfecta
07:01es la última ratio,
07:02¿no?
07:02O sea,
07:03es la medida
07:03más extrema
07:04que debería asumir
07:05o adoptar un empleador,
07:07pero si el empleador,
07:08por ejemplo,
07:09puede adoptar medidas,
07:11por ejemplo,
07:11¿no?
07:12Adelanto de vacaciones,
07:13de repente,
07:13o darle teletrabajo
07:15también a sus trabajadores,
07:16¿ok?
07:16Por la condición,
07:17por el correo de negocios,
07:19no vienes presencialmente,
07:20desarrollas tu labor,
07:21trabajo en tu casa,
07:22haces tu chamba en tu casa,
07:24ahí se podría aplicar
07:25y no habría
07:25suspensión perfecta.
07:26Pero,
07:26¿qué pasa,
07:27por ejemplo,
07:28retomando a la casuística
07:29que tú comentaste,
07:30¿no?
07:30El tema de una obra
07:31exportadora,
07:32ahí no puede hacer teletrabajo,
07:33¿no?
07:33Porque es una labor presencial,
07:35¿no?
07:35En los campos de cultivo.
07:36El campo cultivo.
07:38Es complicado, ¿no?
07:39Pero otro tipo de empresas
07:40fácilmente podría aplicarse,
07:41¿no?
07:42De repente,
07:42de repente podría ser
07:43una empresa,
07:44no sé,
07:44pues,
07:45administrativa,
07:45que tenga trabajadores
07:47que no van presencialmente,
07:48pero puede ser teletrabajo
07:49y ahí no se aplica
07:50la suspensión perfecta.
07:51Yo creo que
07:51en casos específicos,
07:54por ejemplo,
07:54una inundación,
07:55el río,
07:56pues,
07:57de repente,
07:57con su encauce,
07:59inunda una fábrica,
08:01una industria
08:02y no puede operar,
08:03lógicamente que ahí
08:04sí tendría que aplicarse
08:05porque la maquinaria
08:06estaría, pues,
08:06con todo el lodo
08:07y ahí sí aplicable fácilmente
08:09la suspensión.
08:10Pero en otros casos,
08:11hay que analizar fríamente
08:12en qué casos se podría dar
08:13la suspensión perfecta
08:14y en qué casos no.
08:15Lógicamente acá no se debe
08:16perjudicar al trabajador,
08:17¿no?
08:18Correcto.
08:18¿Cuál es su consejo final
08:19para las personas
08:20que son conscientes
08:21que están en una industria
08:22que podría verse afectada
08:24por el fenómeno del niño?
08:25Como esa, ¿no?
08:26Pesca, agricultura,
08:27ganadería, minería.
08:28Yo creo que
08:29este es un buen momento,
08:31si no lo he hecho antes,
08:32porque ya
08:32la Sundafil,
08:34más o menos
08:34en agosto,
08:35septiembre,
08:35emitió unas cartas inductivas
08:37para que cada empresa
08:39de nuestro país
08:39tenga un plan de emergencia
08:41frente al fenómeno del niño.
08:43¡Exitosa!
08:43Hay empresas que han cumplido
08:44con el plan de emergencia
08:45y otras no.
08:46Yo creo que
08:47convenir con su empleador
08:48y Catiusca,
08:49¿para qué?
08:49para que no se vean afectados
08:50por esta, por ejemplo,
08:51la actividad de la pesca también,
08:52¿no?
08:52Que se va a ver afectada,
08:53¿no?
08:53Yo creo que acá
08:54es importante
08:55que la suspensión perfecta
08:56sea adoptada
08:57con una medida ya extrema
08:59para no perjudicar al trabajador.
09:00Si tú puedes adelantar
09:01de vacaciones,
09:02puedes convenir de repente
09:03si el trabajador
09:04puede tener de repente
09:05unas vacaciones
09:06que no gozó en su momento,
09:08¿no?
09:08Entonces,
09:08vacaciones de vengas
09:09que se le aplique
09:10después de hacer teletrabajo,
09:11yo creo que esas medidas
09:13son previas
09:13a adoptar una medida más drástica
09:15como la suspensión perfecta,
09:16¿no?
09:16Bien,
09:16gracias a nuestro invitado
09:18Julio Palomino,
09:19abogado laboralista.
09:20Muchas gracias,
09:21doctor Palomino,
09:22por su experiencia,
09:23por su sapiencia.
09:23Muchas gracias.

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